APRUEBA CONGRESO BC REFORMAS AL CÓDIGO PENAL ESTATAL

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Mexicali.- La XXIV Legislatura local, en Sesión Ordinaria, aprobó por mayoría del Pleno del Congreso, el dictamen número 21 de la Comisión de Justicia que preside el diputado Sergio Moctezuma Martínez López, donde avalaron diversas reformas el Código Penal del Estado de Baja California, para crear el subtipo penal de amenazas públicas, aumentar las penas en delitos de violación y crear el tipo penal de suicidio feminicida.
A la Comisión de Justicia emitió el dictamen correspondiente a diversas iniciativas de reforma en materia penal, presentada por las diputadas Evelyn Sánchez Sánchez, Rosa Margarita García Zamarripa, María del Rocío Adame Muñoz, Dunnia Montserrat Murillo López y los diputados Ramón Vázquez Valadez, Miguel Peña Chávez, las cuales guardan simetría en su intención de realizar reformas en materia penal por lo que se integraron en un solo documento.
La Comisión dictaminadora informó que el presente Dictamen cubrió el principio de exhaustividad del estudio, al haber analizado todas y cada una de las consideraciones y motivaciones hechas valer por las y los inicialistas.
Las iniciativas identificadas en los numerales 2, 5 y 9 de los antecedentes legislativos, fueron declaradas jurídicamente procedentes, en los términos y alcances precisados en los considerandos correspondientes.
Los numerales corresponden a iniciativa de la diputada García Zamarripa, en la que propone crear un subtipo penal de amenazas públicas mediante la colocación de mantas, carteles o similares y agravar su punibilidad cuando sean dirigidas a servidores públicos; del diputado Vázquez Valadez para aumentar la penalidad mínima y máxima en los delitos de violación, violación equiparada, violación impropia, abuso sexual y estupro, cuando se haga uso de estupefacientes o psicotrópicos; así como la iniciativa propuesta por la diputada Dunnia Murillo, para crear el tipo penal suicidio feminicida dentro del Capítulo de Instigación o Ayuda al Suicidio.

 

Con esto se aprueba la reforma a los artículos 130, 179, 180 TER y 182 del Código Penal para el Estado de Baja California, como también la adición de los numerales 171-1 y 171-2, al mismo ordenamiento.